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junio 11, 2018

Bases reguladoras ayudas públicas para proyectos estratégicos de investigación e innovación RIS3MUR

Extracto
Beneficiarios.
Las agrupaciones voluntarias de al menos cinco agentes del Sistema Regional de Ciencia, Tecnología y Empresa (SRCTE) de los que, al menos dos de ellos, sean empresas o su s asociaciones y que tengan como objeto social o fundacional el desarrollo de actividades en al menos uno de los ámbitos de liderazgo, de potencialidad o de actividades tractoras contenido en la Estrategia RIS3Mur;   que ejecuten gasto subvencionable en el marco de un Proyecto Estratégico RIS3mur.

Objeto.
La concesión de ayudas públicas en régimen de concurrencia competitiva para la financiación de los Proyectos Estratégicos contemplados en la Estrategia
de Especialización e Innovación para la Especialización Inteligente de la Región de Murcia (Estrategia RIS3Mur).

Bases reguladoras.

Las ayudas contempladas en la presente convocatoria se rigen por la Orden de 2 de junio de 2016, de la Consejería de Desarrollo Económico, Turismo y Empleo por la que se regulan las bases para la concesión de ayudas públicas destinadas a financiar los Proyectos Estratégicos contemplados en la Estrategia de Investigación e Innovación para la Estrategia RIS3Mur (BORM 147 de 27 de junio de 2016), modificada por la Orden de la Consejería de Empleo, Universidades y Empresa por la que se modifica la Orden de 2 de junio de 2016 (BORM 44, de 22 de febrero de 2018).

Cuantía.
Los proyectos que se presenten habrán de tener un presupuesto subvencionable mínimo de 600.000 € y máximo de 1.000.000 €. La participación mínima por beneficiario será del 5% del presupuesto subvencionable del proyecto, no obstante, la participación empresarial no podrá  ser inferior al 30% del presupuesto subvencionable del proyecto. Se entenderá como participación empresarial la suma de las participaciones de las empresas, independientemente de su carácter público o privado, sin que ninguna de las mismas soporte más del 70% del total de la participación empresarial. El crédito máximo destinado a financiar esta convocatoria de ayudas es de 4.428.960 euros. Esta cuantía podrá incrementarse con una cuantía adicional cuando se produzca un aumento del crédito disponible antes de la concesión de las ayudas reguladas por la presente Resolución.

Plazo de presentación de las solicitudes.
El plazo de presentación será de 30 días hábiles desde la entrada en vigor de la orden de convocatoria.

Otros datos.
Los proyectos deberán ser redactados en una memoria científico-técnica y económica y será preciso la adopción de un acuerdo de colaboración suscrito
entre las entidades participantes del proyecto que regule los compromisos adoptados entre ellos en la realización del proyecto. Estas ayudas están cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), con una tasa de cofinanciación del 80% dentro del Programa Operativo FEDER de la Región de Murcia 2014-2020.

Fuente
BORM Número 132 Lunes, 11 de junio de 2018 Página 14972
Enlace de la fuente
file:///C:/Users/formacion/Documents/3619-2018%20BORM.pdf