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febrero 20, 2020

Bases reguladoras de la concesión de ayudas en el ámbito de las Tecnologías Habilitadoras Digitales (THD)

Para proyectos de investigación industrial y desarrollo experimental en alguna de las tecnologías habilitadoras propias del sector de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, que de acuerdo a las prioridades estratégicas definidas en el Reto 7 en Economía, Sociedad y Cultura Digitales del Plan son:

  • Internet de las Cosas.
  • Infraestructuras digitales y Redes 5G.
  • Computación difusa y en la nube.
  • Tecnologías de procesamiento masivo de datos e información.
  • Computación de alto rendimiento (HPC).
  • Procesamiento del lenguaje natural.
  • Ciberseguridad, biometría e identidad digital y ciberseguridad industrial.
  • Bases de datos distribuidas (blockchain/DLT).
  • Robótica. – Inteligencia artificial.
  • Realidad virtual.
  • Micro/nano electrónica.

Convocatoria en régimen de concurrencia competitiva.
Las ayudas se prestan en forma de subvenciones, préstamos o combinación de ambas.

¿Quiénes son los beneficiarios de estas ayudas?

Las siguientes entidades, si cumplen determinadas características:

  • Empresas, cualquiera que sea su forma jurídica incluidas las sociedades públicas mercantiles y empresariales y los empresarios individuales.
  • Organismos de investigación: Universidades, organismos de transferencia tecnológica, centros públicos de I+D+I, Centros tecnológicos, etc.
  • Agrupaciones o asociaciones empresariales: UTES de Empresas, AIEs, Asociaciones empresariales sectoriales sin ánimo de lucro; Agrupaciones Empresariales innovadoras, etc. 

Proyectos subvencionables

  • Investigación industrial: Investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto es la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios, o contribuir a mejorar considerablemente los productos, procesos o servicios existentes.
  • Desarrollo experimental: Adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. 

Proyectos Excluidos

  • Investigación fundamental: Consiste en trabajos experimentales o teóricos que se emprenden principalmente para obtener nuevos conocimientos acerca de los fundamentos de los fenómenos y hechos observables, sin pensar en darles ninguna aplicación o utilización determinada.
  • Innovación: Aplicación de un método de producción o suministro nuevo significativamente mejorado, etc.
  • Las modificaciones habituales o periódicas efectuadas en productos, líneas de producción, procesos de fabricación, servicios existentes y otras operaciones en curso, etc.

Gastos subvencionables

  • Gastos de personal: investigadores, técnicos y de más personal auxiliar, en la medida en que están dedicados al proyecto
  • Instrumental y material inventariable: en la medida y durante el período en que se utilice para el proyecto
  • Costes de investigación contractual, conocimientos técnicos y patentes
  • Gastos generales directamente derivados del proyecto
  • Otros gastos de explotación adicionales

Intensidades brutas máximas de ayudas en forma de subvención a los beneficiarios

  1. Proyectos de Investigación Industrial
    1. Empresa no PYME: Hasta el 50% del coste subvencionable del proyecto
    2. Medianas empresas: Hasta el 60% del coste subvencionable del proyecto
    3. Pequeñas empresas: Hasta el 70% del coste subvencionable del proyecto
  2. Proyectos de Investigación Industrial
    1. Empresa no PYME: Hasta el 25% del coste subvencionable del proyecto
    2. Medianas empresas: Hasta el 35% del coste subvencionable del proyecto
    3. Pequeñas empresas: Hasta el 45% del coste subvencionable del proyecto

Convocatoria pendiente de publicación.

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Fuente
PTEC
Enlace de la fuente
file:///C:/Users/formacion/Documents/BOE_A_2019_2169.Basesreguladoras..pdf